Mannucci envió carta a Licencias por deudas y faltas cometidas por UTC
El cuadro de Carlos A. Mannucci continúa en un compás de espera algo incómodo, pues consideran que la Gerencia de Licencias de la FPF aún no hace caso a su reclamo presentado hace algunas semanas, luego de culminar la Liga1 Te Apuesto 2024. Además, enviaron una nueva carta donde sostienen que UTC no habría cumplido con algunos pagos, por lo que piden la resta de puntos. Ver carta.
A través de una carta remitida al gerente de licencias de la FPF, Saúl Barreda, firmada por el gerente general de Carlos A. Mannucci, Manuel Paredes, el cuadro carlista hace alusión a una falta de pagos por parte de la empresa dueña de los derechos de televisión de UTC, por lo que el cuadro cajamarquino no habría cumplido con algunos pagos, "lo que representaría la flagrante ruptura del sistema de Licencias vigente", sostiene la misiva.
Además, el directivo trujillano, agrega que "El pago fuera de fecha o no oportuno de las remuneraciones es una falta muy grave, sancionada con la resta de puntos, más aún si conforme a nuestra denuncia presentada el 04 de noviembre del 2024; el club UTC pagó fuera de plazo el concepto de cuota Sindical (en específico los meses abril, junio y julio 2024 y ss)".
Por otra parte, Mannucci sostiene que antes ya había denunciado a UTC por algunas deudas coactivas del IGV ante SUNAT en abril y setiembre del año 2022. "denuncia del 05 de noviembre del 2024, donde además se visualiza que fue exigible desde el 19 de septiembre 2024; mes durante el cual el campeonato se venía realizando y cuyo informe de OCEF debió contener dicha observación y haber sido revisado por su despacho en el mes de octubre 2024".
Finalmente, apuntan nuevamente contra la gerencia de Licencias: "Ahora bien, encontramos que su despacho entiende que la vigencia de la licencia del club UTC ya ha vencido; sin embargo, como bien hemos expuesto líneas ut supra, su interpretación es arbitraria; ya que si bien es cierto el Artículo 18° del Reglamento de Licencias señala que la misma finaliza al día siguiente en que finaliza el campeonato de la temporada anterior; afirmar ello, implicaría ir contra lo que expresamente señala en término de mínimos necesarios el Art. 67° del Reglamento de Licencias CONMEBOL".
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