SUNAT oficializó a seis candidatos para la administración de Universitario
A través de un comunicado, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) confirmó a los candidatos para asumir el cargo de administrador temporal en Universitario.
Se informó que, de acuerdo con el cronograma de actividades para el presente proceso, se publicó el listado de las expresiones de interés recibidas entre el 18 y el 22 de julio del presente.
Tome nota a los seis candidatos para reemplazar a Jean Ferrari en la administración de Universitario:
1. Arismendi Samanez, Marvin Miguel
2. Leguía Puente, Héctor Raúl
3. Lopez Villarreal, Eduardo
4. Moquillaza Orellana, Reynaldo Augusto
5. Torres Quintana, Miguel Ángel
6. Velazco Imparato, Franco Rodia
Se conoció también que del 23 al 30 de julio, tal como señala el cronograma de actividades, se realizará la evaluación de documentos y entrevistas.
"La SUNAT reitera que el proceso de elección del nuevo administrador provisional se desarrolla con transparencia idoneidad y estricto apego al marco", se deja leer en el comunicado.
Requisitos que debe cumplir un administrador de la U
a) El administrador provisional que se designe debe contar con título profesional y experiencia no menor de 3 años como director o directivo, gerente, apoderado o representante legal en el sector deportivo de futbol profesional (numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 32113).
b) No podrá ser elegido administrador provisional aquellas personas naturales y/o jurídicas que hayan ejercido el cargo de administradores con anterioridad a la vigencia de la Ley (numeral 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 32113).
Adicionalmente, se tomará en cuenta los siguientes criterios de valoración:
• Experiencia en reestructuración de empresas.
• Contar con equipo de trabajo profesional.
• La propuesta de gestión para continuar las actividades administrativas.
• No tener calificación diferente a “normal” en centrales de riesgo a la fecha de la presentación de la expresión de interés.
• No encontrarse en el registro de deudores morosos alimentarios.
• No tener deuda exigible coactivamente ante la SUNAT.
• Idoneidad del candidato, a través de la evaluación de sus antecedentes, de su personal, así como de la vinculación con terceros, entre otros.
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