Carlos Stein fue castigado por Comisión de Licencias de la FPF

sdf

La Comisión de Licencias de la FPF emitió una resolución en la que castiga económicamente a Carlos Stein por reiterados incumplimientos de pagos. El club carlista tiene 15 días para pagar las multas. La Comisión advirtió que si el club vuelve a incumplir "se reserva el derecho de imponer sanciones más drásticas".

En dicha resolución, la Comisión informa que Carlos Stein ha incumplido en más de una ocasión con sus obligaciones económico-financieras y que fue sancionado en los meses de enero, febrero y agosto. Tras detallar todas las faltas del club, la Comisión resolvió lo siguiente:

1.- Sancionar al Club con una Multa de una (1) UIT por haber incumplido con el pago oportuno de los criterios establecidos en el Artículo 72.2 del Reglamento, conforme al numeral ii) del Artículo 88.1 letra a) del Reglamento.

2.- Sancionar al Club con una Multa de una (1) UIT por haber incumplido con el pago oportuno de los criterios establecidos en la letra b) del Artículo 76 del Reglamento, conforme al numeral ii) del Artículo 88.1 letra a) del Reglamento.

3.- Sancionar al Club con una Multa de cero punto cinco (0.5) UIT por haber incumplido con el pago oportuno de los criterios establecidos en el Artículo 76.3 del Reglamento, conforme al numeral ii) del Artículo 88.1 letra a) del Reglamento.

4.- Establecer que las multas indicadas en los numerales PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO deberán ser pagadas dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la recepción de la presente Resolución en las cuentas bancarias que otorgue la oficina de Contabilidad y Tesorería de la FPF. Asimismo, dentro de dicho plazo, el Club deberá presentar a la Gerencia copia de la constancia del pago correspondiente. Se le recuerda al Club que en caso cancele la referida multa dentro del plazo para la impugnación de la presente Resolución – siete (7) días calendario – será de aplicación el beneficio del 50% de descuento en el valor de la multa, conforme al artículo 85 letra d) del Reglamento.

5.- En caso el Club incumpla nuevamente con lo dispuesto en el artículo 72.2., la letra b) del artículo 76 y el artículo 76.3 del Reglamento o con cualquier otra de las obligaciones económico-financieras contenidas en el Reglamento, la Comisión se reserva el derecho de imponer sanciones más drásticas, conforme al Artículo 88.1 letra a) del Reglamento.

Recordemos que Carlos Stein, a falta de una fecha para el final de la Fase 2 de la Liga 1 Movistar, es uno de los equipos que se encuentran en la pelea por no descender. 
 

Comentarios

.